Si algo se aprende cuando uno alcanza la edad adulta y empieza a tener acceso a propiedades y desarrollar proyectos, es que existen una gran cantidad de impuestos a los que se debe atener para poder tenerlas. Sin embargo, además de esos impuestos, también debe conocer las diferentes operaciones que puede realizar en base a lo que necesite. ¿Cuáles son las operaciones societarias? Desde Balianz Abogados y Asesores respondemos a esta pregunta.
¿Qué son las operaciones societarias?
Cuando hablamos de Operaciones Societarias, nos referimos a los negocios jurídicos realizados por las personas jurídicas que constituyen parte de los hechos imponibles (que generan la obligación de pagar un impuesto) sometidos a gravamen en el Impuesto de Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, como la constitución, ampliación y disminución de capital, la disolución, las aportaciones de los socios o el traslado a España de la residencia o domicilio social de una sociedad que no se encuentre en la Unión Europea.
Son operaciones sujetas a un impuesto
Como suele ocurrir con otras muchas operaciones, éstas están sujetas a un impuesto. Hablamos de Impuesto sobre Operaciones Societarias, que afecta a uno de los tres hechos imponibles que, a su vez, se gravan a través de ese Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Sin embargo, no estará sujeta la ampliación de capital que se realice con cargo a reservas constituidas exclusivamente por prima de emisión de acciones y las operaciones de reestructuración (fusión, escisión, aportación de activos y canje de valores), entre otras.
¿Cuándo se requieren?
La modalidad sobre Operaciones Societarias deberá presentarse cuando se realice la constitución de sociedades, aumento y disminución de su capital y su disolución; en las aportaciones que efectúen los socios que no supongan un aumento de capital social y el traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad, cuando ni una ni otro estuviesen previamente situados en un Estado miembro de la Unión Europea.
En cada modalidad, los encargados de declararla serán diferentes. En la primera, será la sociedad, mientras que las otras dos corresponden a los socios, copropietarios comuneros o partícipes por los bienes y derechos recibidos.
¿Cuáles son las operaciones societarias? Desde Balianz Abogados y Asesores esperamos haber resuelto tus dudas. Recuerda que estas operaciones disponen de un tipo de gravamen del 1%.
¡Buena suerte en tus operaciones!
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